MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL ÁREA DE CUENTAS POR COBRAR



CONTENIDO

INTRODUCCIÓN

I OBJETIVO GENERAL

II MARCO LEGAL

III GLOSARIO DE TÉRMINOS

IV POLÍTICAS DE OPERACIÓN

V PROCEDIMIENTOS DESCRIPTIVOS Y DIAGRAMAS DE FLUJO





  • PRCV.03.- PARA EL CONTROL DE LA COBRANZA POR VENTA DE PINTURAS Y EMULSIONES

  • PRDA.04.- PARA DOTACIÓN Y AMPLIACIÓN, REDUCCIÓN Y/O CANCELACIÓN DE DOTACIÓN DE CAMBIO EN LA PLAZA DE COBRO

  • PRAD.05.- PARA ASIGNACIÓN DE DOTACIÓN DEL FONDO FIJO REVOLVENTE EN OFICINAS CENTRALES

  • PRRI.06.- PARA LA RECUPERACIÓN DE INGRESOS POR DIVERSOS CONCEPTOS DE EMPLEADOS ACTIVOS Y DADOS DE BAJA

  • PRRF.07.- DE DOTACIÓN DE FONDOS PARA LOS CAPÍTULOS 1000, 2000,3000, 5000 Y 6000 EN DELEGACIONES REGIONALES, GERENCIAS DE TRAMO Y CONEXO INDUSTRIAL

  • PRID.08.- PARA LA INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS A VEHÍCULOS PROPIEDAD DEL ORGANISMO

  • PRRI.09.- PARA EL REGISTRO DE INGRESOS POR DAÑOS AL CAMINO EN DELEGACIONES Y GERENCIAS DE TRAMO

  • PRRF.10.- PARA RECUPERACIÓN DE FALTANTES DE BIENES MUEBLES A CARGO DEL EMPLEADO DEL ORGANISMO

  • PRAS.11.- PARA LA APLICACIÓN DE RETENCIONES Y SANCIÓN DE OBRA PÚBLICA O SERVICIO

  • PRRI.12.- PARA EL REGISTRO DE INGRESOS POR RENTA DE MAQUINARÍA Y EQUIPO



  • Resumen del Documento:

    Establece las políticas, lineamientos y actividades a realizar para la recuperación de cuentas a favor del Organismo.

    Vigencia a partir del mes de mayo de 2001 a la fecha.


    INTRODUCCIÓN

    El presente manual tiene como propósito establecer los procedimientos que le permitan al Organismo, la recuperación de sus cuentas por cobrar utilizando las facilidades informáticas contempladas en el Plan Director de Sistema de Información (PDSI), mediante módulos auxiliares de computo, operados por el personal responsable de esta actividad.

    Con el propósito de que el manual no pierda su característica de guía permanente de las diferentes acciones que deben realizarse, deberá ser sujeto de revisión y actualización permanente.


    I. OBJETIVO GENERAL

    Que el Organismo disponga de un documento que establezca criterios uniformes que de manera efectiva logren la recuperación de adeudos a favor del Organismo.


    II. MARCO LEGAL

  • Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. D.O.F. ultima modificación 04/I/99

  • Ley Federal de las Entidades Paraestatales. D.O.F. ultima modificación 23/I/98

  • Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público. D.O.F. 04/I/2000

  • Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. D.O.F. 20/VIII/96

  • Ley de Ingresos de la Federación del ejercicio correspondiente.

  • Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. D.O.F. 27/VIII/1932

  • Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio correspondiente.

  • Código Fiscal de la Federación. D.O.F. 20/VII/92

  • Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. D.O.F. 25/I/90

  • Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. D.O.F. 01/I/82

  • Reglamento de la Ley de Obras Públicas. D.O.F.12/II/85

  • Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles. D.O.F. 12/II/90

  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación. D.O.F. 31/III/92

  • Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos. D.O.F. 31/XII/99

  • Manual del Sistema Integral de Contabilidad Gubernamental vigente 01/I/99.

  • Principio básico de Contabilidad Gubernamental.

  • Acuerdo que establece las disposiciones de carácter general que en materia de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, deberá aplicarse en el ejercicio correspondiente.


    III. GLOSÁRIO DE TÉRMINOS

    Concentración de la Información.

    Es la actividad que se realiza para obtener los datos de las transacciones registradas en una plaza de cobro, en periodos determinados de tiempo. La concentración se lleva a cabo por medio de un sistema de telecomunicaciones, que permite transferir la información de los concentradores de plazas de cobro a la computadora del centro de administración, o bien, esta se puede llevar a cabo por medio de diskettes en forma manual.

    Convenios.

    Instrumento jurídico a través del cual una persona física o empresa moral se incorpora al sistema de cobro de peaje mediante el sistema IAVE. El Organismo informará oportunamente a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” de la firma de cada convenio y le entregará la relación de los vehículos autorizados para la asignación de tarjetas y proceder al alta correspondiente.

    Cobranza Electrónica.

    Es un sistema mediante el cual los usuarios del sistema IAVE realizan los pagos por transferencia electrónica.

    Cartera IAVE.

    Es un listado de usuarios del sistema IAVE.

    Cartera Vencida.

    Es un listado de usuarios que no cumplieron con sus pagos.

    Delegaciones y Gerencias.

    Áreas de "CAPUFE", ubicadas en diez puntos del territorio de los Estados Unidos Mexicanos y que cuentan entre otros, con el equipo y personal destinado a administrar los peajes de vehículos que transitan por la red de caminos y puentes, administrados por el Organismo con base en la información proporcionada por el equipo y personal ubicado en las plazas de cobro de su jurisdicción.

    Depósitos de Garantía

    Es un depósito en efectivo o mediante fianza integrado en favor de "CAPUFE", por todas aquellas personas físicas o empresas que formulan convenio para el cobro de peaje a través del sistema IAVE El monto de este fondo estará determinado por la política respectiva y tendrá como finalidad el garantizar a "CAPUFE", el pago de las cuotas por el uso de sus instalaciones por un período de tiempo determinado. Se hace efectivo este fondo en el momento en que el usuario deja de cubrir la factura correspondiente a un período.

    Depósitos Fuera de Cobranza Electrónica.

    Es el que realizan los clientes directamente en cajas en una cuenta tradicional de CAPUFE.

    Equipo IAVE.

    Es el conjunto de elementos destinados a la función de lectura de las tarjetas electrónicas IAVE instalado en uno o varios carriles de una plaza de cobro. Cuenta con: antena lectora, módulo de radio frecuencia, uticor, detector de presencia vehicular (loop), display de usuario, y en el caso de carriles exclusivos con una barrera automática de acceso. Cuenta además con una computadora por plaza de cobro que hace las funciones de concentrador de información, una impresora de reportes y un sistema de respaldo de energía.

    Facturación.

    Es el proceso por el cual se concentra la información del usuario y se elabora la factura definitiva que cumple con los requisitos fiscales. Estas son entregadas contra la ficha original de pago, o bien el listado de los movimientos efectuados en las instituciones bancarias autorizadas.

    De este proceso se desprende la notificación de adeudo para el cliente con el objeto de informarle el monto de sus adeudos (por tramo administrado por CAPUFE), así como la fecha límite de pago.

    Información de Control IAVE.

    Son reportes específicos que apoyan el proceso de facturación. En ellos se encuentra registrado el número de tarjeta, la fecha y hora de paso, el número de carril y la plaza de cobro por la que se efectuó el cruce, puede contener además información sobre el tipo de vehículo y el importe del peaje generado en cada cruce. Esta información puede ser verificada por el usuario y en su caso rectificar de presentarse cualquier problema.

    Mora.

    Retraso en el cumplimiento de una obligación.

    Notificación de Adeudos.

    Es el informe en el que se reporta el monto que deberá pagar dentro del periodo estipulado y es enviado por fax o correo electrónico a los usuarios (transportistas).

    Refacturación.

    Hacer una nueva factura que sustituya a otra.

    Rechazos duros y blandos.

    Duros: Rechazos de tarjetas de crédito por instituciones bancarias, porque estas han sido boletinadas, canceladas, reportadas como extraviadas, robadas, o que el número que envía contiene error y tarjeta vencida.

    Blandos: Son aquellos en que son susceptibles de reenvío ejemplo, el banco emisor no esta disponible y tarjeta habiente no ha pagado su último estado de cuenta, excede límite de disposición diaria etc.

    Plazas de Cobro.

    Son las instalaciones en donde se lleva a cabo el control del flujo vehicular y peatonal que utiliza las autopistas o puentes nacionales e internacionales de cuota, donde se efectúa la labor de cobro de peaje y se proporcionan servicios de paso al público usuario.

    Políticas y Procedimientos de Trabajo.

    Son un conjunto de reglas que determinan paso a paso la forma en que debe realizarse una actividad específica, la cual en condiciones normales, debe cumplir con las secuencias preestablecidas con toda precisión. En este conjunto también se especifican los requisitos a cumplir o las medidas aplicables en caso de eventos o situaciones extraordinarias, para evitar la pérdida del control de las operaciones. En este caso corresponde a "CAPUFE" el fijar las reglas a las que deberán sujetarse las actividades a cumplir.

    Pre-pago IAVE.

    Es el pago en forma anticipada para el uso de los tramos carreteros.

    Peaje.

    Pago por el uso de la red carretera, tanto autopista como puentes.

    Red de Carreteras Propias

    Son los tramos carreteros y puentes que pertenecen a CAPUFE.

    Red de Carreteras Contratadas por CAPUFE

    Son los tramos carreteros y puentes administrados por CAPUFE a cuenta de terceros.

    Reportes.

    Información especifica y periódica que es remitida tanto a áreas internas de "CAPUFE", como a algunas áreas externas.

    IAVE.

    Identificación automática vehicular.

    Tarjeta IAVE.

    Tarjeta de circuito pasivo de autorización de paso o pago, cuenta con un sistema de identificación que es trasmitido en la antena lectora cuando un vehículo pasa por un carril IAVE y que permite conocer el nombre del usuario y las características del vehículo al que fue asignada, para el exacto cobro de las cuotas de peaje a través del sistema IAVE. Debe encontrarse adherida al parabrisas de la unidad de acuerdo a las especificaciones del fabricante.

    Servicio IAVE.

    Es el servicio que se brinda a “USUARIOS IAVE”, mediante el cual se otorga el paso automatizado en las plazas de cobro y la facturación periódica correspondiente.

    Sistema IAVE.

    Conjunto de procesos administrativos, de operación y de control inherentes a la identificación, registro y cobro de peaje, a usuarios de la tarjeta IAVE, que se activa utilizando mecanismos de radiofrecuencia al cruzar las plazas de cobro de CAPUFE que cuentan con este equipo de detección y registro.

    Telepeaje.

    Método de identificación, registro y cobro de peaje, utilizando mecanismos de radio-frecuencia.

    Tipos de Periodos (cierres):

    Decenales:

    Son las transacciones de peaje de los “usuarios IAVE” registradas automáticamente por el sistema de plazas de cobro y que comprenden un período de diez días naturales. Se realizan al mes tres cierres de este tipo.

    Especiales:

    Son las transacciones de peaje de los “usuarios IAVE” registradas a través de aforo manual en las plazas de cobro y que comprenden un período mensual de días naturales del mes anterior. Se realiza por excepción un cierre de este tipo.

    Tipos de Usuarios IAVE.

    Se da esta denominación a las empresas o personas físicas que celebraron con "CAPUFE", un convenio de pago de cuotas con base en el uso del sistema IAVE y que portan una tarjeta IAVE en el vehículo que cruza una plaza de cobro como son:

    • Usuario particular.-
    • Usuario frecuente.-
    • Usuario residente.-
    • Transportista.-


    Transportista Moroso.

    Transportista que no liquida dentro del plazo establecido, el importe por el servicio del sistema IAVE.


    IV. POLÍTICAS DE OPERACIÓN

    TRANSPORTISTAS MOROSOS

    Será responsabilidad de la Dirección de Operación y/o Gerencia de Sistema IAVE, supervisar el cumplimiento de los contratos suscritos por el Administrador del Servicio IAVE con los transportistas morosos, de acuerdo con las cláusulas del contrato establecido.

    Será responsabilidad del Administrador del Servicio IAVE informar al transportista de la suspensión del servicio, así mismo, del monto de su deuda, incluyendo los intereses que se generen dé acuerdo con la disposición de la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales, mismos que serán calculados a partir del siguiente día del termino del periodo establecido para el pago y hasta el día que el transportista liquide el adeudo y se aplicará la tasa de interés que la Gerencia de Tesorería enviará mensualmente al Administrador del Servicio IAVE.

    Cuando el transportista deudor esté afiliado a las agrupaciones de transportistas, la Gerencia de Sistema IAVE deberá gestionar el pago a través del fideicomiso que fue constituido para tal fin, notificando a la Gerencia de Tesorería y al Administrador del Servicio IAVE cuando se haya cubierto la totalidad del adeudo.

    Es responsabilidad del Departamento de Ingresos enviar al Departamento de Cobranzas, el reporte de la cartera vencida de los usuarios transportistas del sistema IAVE; el usuario transportista tendrá cuatro días hábiles después de la fecha de corte decenal para efectuar su pago, transcurrido este tiempo y si no liquida su adeudo se considera “transportista moroso”.

    Se considera como transportista moroso cuando este opte por pagar con cheque y es devuelto por cualquier causa.

    El Departamento de Cobranzas será quien solicite a la Gerencia de Presupuesto y Contabilidad la aplicación de la deuda del transportista contra el fondo de garantía, en tal caso “la transportista deberá pagar en efectivo las subsecuentes cuotas de peaje”.

    El Administrador de Servicio únicamente podrá activar la tarjeta cuando el transportista haya actualizado su fondo de garantía.

    El Administrador de Servicio al no tener éxito en sus gestiones para la recuperación de la cartera vencida enviará a la Gerencia de Tesorería de CAPUFE, el expediente de usuarios transportistas morosos con la siguiente información:

    • Estado de cuenta de capital e intereses al corte
    • Notificación de adeudos
    • Comprobante del fondo de garantía constituido.
    • Reporte de transacciones.


    El Administrador del Servicio informará al Departamento de Cobranzas 24 horas posteriores al vencimiento del plazo del pago, los transportistas que cayeron en mora.

    CHEQUES DEVUELTOS

    Se considera cheque devuelto cuando el usuario transportista opte por pagar con cheque y este es devuelto por cualquier causa.

    El transportista al que se le ha devuelto un cheque con el que pretendía liquidar el servicio IAVE, deberá pagar el 20% del valor del cheque a título de indemnización, establecido en el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, intereses más IVA., mismo que serán calculados por día calendario, a partir del día que debería haber pagado y hasta que liquide el importe de este cheque.

    La Gerencia de Tesorería por conducto del Departamento de Cobranzas informará al Administrador del Servicio, de la existencia de un cheque devuelto para que sea considerado como un transportista moroso y proceda a la suspensión del servicio.

    La Gerencia de Tesorería solicitará a la Gerencia de Presupuesto y Contabilidad la aplicación del adeudo por cheque devuelto, intereses más IVA y comisión bancaria, contra el fondo de garantía.

    Cuando el monto del fondo de garantía constituido es menor al importe del cheque, la Gerencia de Tesorería solicitará a la Gerencia de Presupuesto y Contabilidad, la aplicación de parte de la deuda contra el fondo de garantía, el Departamento de Cobranzas realizara gestiones de cobranza por el monto del saldo ante el transportista que le fue devuelto el cheque.

    Si el transportista no liquida el adeudo con motivo de la devolución del cheque, la Gerencia de Tesorería enviará a la Dirección Jurídica, el expediente conteniendo la documentación que recibió del administrador del servicio IAVE, además del cheque original para que se inicie procedimiento legal.

    Si el transportista tiene fianza a favor de CAPUFE y le es devuelto un cheque por cualquier causa, el Administrador del servicio realizará gestiones de recuperación del adeudo ante la compañía afianzadora, posterior a esto el transportista deberá constituir un fondo de garantía a favor.

    Si el transportista usuario del sistema le es devuelto un cheque por cualquier causa y esta afiliado a la CANAPAT, la Gerencia de Tesorería turnará a la Dirección de Operación el cheque devuelto para que realice las gestiones necesarias ante el Fideicomiso que fue creado para tal fin, hasta recuperar el adeudo, gestión que se realizará por conducto del comité técnico.

    CONTROL DE LA COBRANZA POR VENTA DE PINTURAS Y EMULSIONES

    El Departamento de Distribución del Conexo Industrial será quien provea de los productos a las Delegaciones Regionales y Gerencias de Tramo, para el mantenimiento en las autopistas y carreteras de cuota que tiene a cargo el Organismo, y los excedentes se venderán a terceros que incluyen los tres niveles de Gobierno (Federal, Estatal y Municipal ) , así como la empresas privadas.

    Por ningún motivo el Departamento de Distribución aceptará la devolución del producto ya entregado, así como del pago realizado una vez elaborada la factura correspondiente, salvo excepciones cuando el producto no cumpla las especificaciones establecidas.

    El Departamento de Distribución podrá refacturar únicamente en los siguientes casos:

    • Cuando exista error en la elaboración de factura.
    • Cuando por solicitud por escrito la empresa particular señale y justifique el error en los datos contenidos en la factura.


    El Departamento de Distribución se coordinará con el representante comercial de oficinas de enlace en la ciudad de México, para los pedidos y entrega de los productos, así como de los pagos que se realicen con los diferentes clientes como son: empresas particulares, Gobierno Federal, Estados y Municipios o a terceros.
    • Es responsabilidad del Departamento de Distribución informar inmediatamente la cancelación de factura, así como de la refacturación al área Financiera del Conexo Industrial.
    • Las empresas particulares que soliciten un crédito para la compra de algún producto del Conexo Industrial, deberán firmar un pagare que fluctúe el vencimiento entre los 10, 20 y 30 días hábiles como máximo.


    Se considera cobranza administrativa, cuando tenga el saldo una antigüedad hasta de 90 días posterior a ello, y contabilizándose como cartera vencida, y será turnado al Área jurídico para su cobranza.

    DOTACIÓN, APLICACIÓN, REDUCCIÓN Y/O CANCELACIÓN DE CAMBIO

    El Administrador de la Plaza de Cobro, deberá solicitar al Subdelegado o Subgerente de Operación, el incremento o disminución de la dotación para cambios, anexando el análisis correspondiente para su trámite ante la Dirección de Operación, ésta estará en función de acuerdo a las necesidades del aforo de la plaza de cobro.

    Si la estructura tarifaría cambia y se hace innecesaria la totalidad de la dotación para cambios, el Administrador de la Plaza de Cobro deberá reintegrarla a mas tardar dentro de 10 días después del cambio.

    DOTACIÓN DEL FONDO FIJO REVOLVENTE

    La comprobación del fondo revolvente deberá realizarse dentro de los 5 días hábiles posteriores al mes anterior.

    El fondo revolvente será asignado a las siguientes áreas como son:
    • Dirección General
    • Direcciones de Área y Coordinaciones.

    El monto asignado a las Direcciones de áreas será de acuerdo al número de Subdirecciones y Gerencias que dependan de la misma.

    El importe máximo mensual será para:
    • Direcciones y Coordinaciones $1,500.00
    • Subdirecciones $1,000.00
    • Gerencias $750.00

    Con estos fondos se cubrirán los siguientes conceptos: Café, azúcar, refrescos, galletas, té, servilletas, sustituto de crema, jugos, dulces, pañuelo de papel, platos, vasos y cucharas desechables.

    Adicionalmente, se asignará Fondos Fijos a los servidores públicos que por su jerarquía o características de sus funciones requieran de realizar adquisiciones menores para atender oportunamente los requerimientos de las áreas siguientes.
    • Dirección General
    • Oficinas de Enlace
    • Departamento de Almacenes e Inventarios
    • CENDI
    • Gerencia de Maquinaria
    • Gerencia de Recursos Materiales y Servicios Generales.

    Los montos serán asignados de acuerdo a las actividades o funciones de cada área.

    Para que sea reembolsada la cantidad ejercida, se deberá presentar la documentación comprobatoria de acuerdo a las necesidades o funciones de cada área.

    En el caso de cambio de adscripción o cause baja el responsable en el Organismo, éste deberá comprobar o reintegrar el fondo revolvente al 100%, para su cancelación y así liberar el pagaré que esta bajo la custodia del Departamento de Egresos.

    En caso de que el responsable del fondo no compruebe o reintegre el fondo asignado, le será descontado de su finiquito o liquidación correspondiente.

    Para el caso de las áreas como son la Dirección General, Coordinación de Comunicación Social, Oficinas de Enlace, Gerencia de Recursos Materiales y Servicios Generales, CENDI y Almacén Central, la comprobación será de acuerdo a sus necesidades o funciones, sin rebasar el plazo establecido.

    Las Delegaciones Regionales, Gerencias de Tramo y Conexo Industrial en el primer mes del año, deberán solicitar en la Subdirección de Finanzas la radicación de recursos, debiendo sujetarse a las políticas y procedimientos establecidos para Oficinas Centrales.

    REGISTRO DE INGRESOS POR DAÑOS AL CAMINO (DELEGACIONES Y GERENCIAS DE TRAMO

    Las Delegaciones Regionales o Gerencias de Tramo, serán quienes gestionen el pago de los daños de acuerdo al reporte y número del siniestro proporcionado por el ajustador.

    Los depósitos por daños al camino se harán en la cuenta de la Delegación o Gerencia de Tramo correspondiente.

    RECUPERACIÓN DE LOS FALTANTES DE BIENES MUEBLES

    Todo servidor público del Organismo será responsable del uso, manejo y conservación adecuada de los bienes muebles que se le proporcionarán para el desempeño de sus funciones.

    Todo servidor público de la Organismo, tendrá la obligación de firmar el o los resguardos que amparen los bienes instrumentales (mobiliario y equipo), proporcionados para el desempeño de sus funciones, a través de los cuales se responsabiliza del uso, manejo y conservación de los mismos.

    En caso de algún cambio del bien resguardado, el empleado está obligado a dar aviso a través de la unidad administrativa correspondiente al Departamento de Almacenes e Inventarios.

    Al concluir, por cualquier causa la relación de trabajo de todo empleado con el Organismo, el área de personal dará aviso por escrito al Departamento de Almacenes e Inventarios, con el objeto de que se haga entrega de los bienes instrumentales bajo responsabilidad y custodia del empleado a fin de obtener su carta de no adeudo respectiva, misma que en oficinas centrales será expedida por el Departamento antes mencionado o bien, por la oficina de bienes muebles ubicada en oficinas centrales, mientras que en la Delegaciones Regionales o Gerencia de Tramo, dicha carta será emitida por la Subdelegación o Subgerencia de Administración.

    La toma de inventario físico deberá efectuarse, como mínimo, dos veces al año, realizando los corte y conciliaciones contables correspondientes.

    El personal que haya extraviado un bien resguardado, notificará a las áreas de bienes muebles y al jurídico para que levante acta administrativa del bien mueble que se trate, así mismo este será descontado vía nomina o en su caso el personal liquidará en efectivo el valor de reposición del bien en el Departamento de Ingresos por la Ventanilla Única generando recibo de comprobación correspondiente.

    INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS A VEHÍCULOS PROPIEDAD DEL ORGANISMO

    Es responsabilidad de la Dirección Jurídica, solicitar mediante oficio al Departamento de Ingresos la elaboración de recibos y facturas por indemnización de daños a los vehículos oficiales y ser responsable por los montos solicitados a la compañía aseguradora por el pago de dichos daños ocasionados a los vehículos oficiales.

    Será la Gerencia de Tesorería quien reciba y entregue a la Ventanilla Única de Ingresos, oficio de elaboración de recibos por concepto de daños a los vehículos oficiales.

    REGISTRO DE INGRESOS POR EMPLEADOS DADOS DE BAJA

    Se verificará con la Gerencia de Contratos y Patrimonio Inmobiliario, Gerencia de Recursos Materiales y Servicios Generales y Departamento de Contabilidad, si el empleado tiene adeudos de efectivo (deudores diversos o créditos contraidos con el Organismo por equipo de cómputo, viáticos, seguros de vehículo, y con el área de recursos materiales sí presentan adeudo de herramientas, material, vehículos o expedientes y bienes muebles).

    DOTACIÓN DE FONDOS PARA LOS CAPÍTULOS 1000, 2000, 3000, 5000 Y 6000 EN DELEGACIONES REGIONALES Y GERENCIAS DE TRAMO.

    Pronóstico de Efectivo La elaboración, envió y consolidación de pronósticos de efectivo de gastos para Delegaciones Regionales, Gerencias de Tramo y Conexo Industrial, que con el objeto de optimizar los recursos financieros, eliminando recursos improductivos.

    Información Estadística Los pronósticos de efectivo deberán elaborarse con base en la información estadística del comportamiento del gasto, de por lo menos tres meses de operación, que contenga el análisis semanal de los principales conceptos.

    Pronósticos de Efectivo y Programa de Pago: Los pronósticos de efectivo para gastos deberán presentarse con información histórica de las últimas tres decenas, realizarse en forma decenal, en periodos del 1 al 10, del 11 al 20 y del 21 al 30 y ser remitidos a la Gerencia de Tesorería a más tardar el día 24 de cada mes, anexando los programas de pago.

    Cuando soliciten ampliaciones de pago será necesario efectuar los ajustes correspondientes en el pronostico de efectivo y turnarlo vía fax a la Gerencia de Tesorería.

    Delegaciones y Gerencias de Tramo y Conexo Industrial.

    La Subdelegación y Subgerencia de Administración son las responsables de la consolidación del pronóstico de efectivo y de la elaboración del mismo así como de los programas de pagos decenales y deberán enviarlo a la Gerencia de Tesorería el día 26 de cada mes.

    El Subdelegado o Subgerente de Administración son los responsables de la validación del pronostico de efectivo y programas de pago que elabore el superintendente de recursos financieros.

    La Subdelegación o Subgerencia de Administración serán las responsables de que cuando los recursos asignados para la decena no se hayan ejercido en su totalidad invariablemente sea depositado el remanente en la cuenta que para ello se tiene aperturada en cada Delegación, Gerencia de Tramo y Conexo Industrial.

    La Gerencia de Tesorería recibirá los programas de pago y con base en ellos y su afectación presupuestal radicará fondos para cada Delegación, Gerencia de Tramo o Conexo Industrial.

    APLICACIÓN DE RETENCIÓN Y SANCIÓN A CONTRATISTA O PRESTADOR DE SERVICIO

    Será responsabilidad de la Dirección Técnica verificar en el sistema que exista presupuesto.

    La Gerencia de Edificación y Ecología dependiente de la Dirección Técnica, será quien genere las estimaciones de obras o servicios y en su caso incluye las retenciones o devoluciones y envía a la Gerencia de Tesorería para elaboración del contra recibo correspondiente.

    La Dirección Técnica será quien determine el incumplimiento de la obra o servicio y envía la estimación incluyendo la sanción a la Gerencia de Tesorería para el pago del contratista o prestador de servicio.

    La Dirección Técnica será quien determine el monto de la sanción a aplicar de acuerdo con el contrato.

    El contratista podrá realizar el pago con cheque en oficinas centrales o por vía banca electrónica.




    Dirección de Administración y Finanzas
    Gerencia de Tesorería

    Calzada de los Reyes 24, Tetela del Monte,
    Cuernavaca 062130 Morelos, México
    Tel. 01 (777) 329-2100