NORMATIVIDAD PARA LA OPERACIÓN DEL SERVICIO DE GRÚAS Y MECÁNICA MENOR

 

Disposición normativa que contiene objetivos, políticas, misión, visión y lineamientos relativos a la operación del servicio de grúas y mecánica menor, estableciéndose el ámbito de actuación de las áreas y los servidores públicos responsables de cada una de las actividades involucradas, con apego a la normatividad en la materia.

Cambios principales:

Actualización en la redacción y términos, se agregaron los siguientes apartados:

 

III. RESPONSABILIDADES DEL PERSONAL PARA EL OTORGAMIENTO DEL SERVICIO MECÁNICO Y DE GRÚAS

7. Queda estrictamente prohibido trasladar en la cabina de la unidad a personal distinto del usuario al que se le proporciona el servicio.

8. Llenar los formatos establecidos por la Subgerencia de Radio en el Instructivo de Trabajo Específico: Servicio de Arrastre de Vehículo y/o Apoyo vigente.

 

VI. DE LAS UNIDADES DE SERVICIO MECÁNICO Y DE GRÚA

1. Características y el equipo mínimo que debe contener.

 

 

Vigente a partir del 31 de julio de 2007

 

Sustituirá a:

Normatividad para la Operación del Servicio de Grúas y Mecánica Menor emitida el 12 de abril de 2004.

 

Desea continuar en:

 

Contenido

Autorización y Hoja de Identificación, Registro y Validación